Derecho real por el cual el deudor entrega un inmueble al acreedor para que este lo use y cobre sus rentas como forma de pago de la deuda (Art. 1091 del Código Civil). El acreedor vive en el inmueble o lo alquila y aplica esos ingresos a la deuda. Cuando la deuda se extingue, devuelve el inmueble. Se inscribe en SUNARP. Es una figura tradicional peruana, menos común hoy.