Encuentre respuestas a las preguntas más comunes sobre nuestros servicios inmobiliarios, procesos de compra, venta, alquiler y aspectos legales. Si no encuentra la información que busca, no dude en contactarnos.
Todos los precios mostrados tanto en alquiler como en venta se encuentran expresados en dólares americanos y en soles. Por lo general, los contratos de compra/venta/alquiler se tratan y firman en dicha moneda. También las hipotecas tramitadas a través de los bancos locales la utilizan aunque cada vez es más usual el uso de la moneda nacional.
No. Nosotros somos agentes inmobiliarios, mas no financistas. Para obtener un financiamiento de cualquier tipo, deberá tramitarlo a través de algún banco o financiera local. Nosotros podemos ponerlo en comunicación con una entidad financiera que pueda ofrecerle un crédito hipotecario para la compra de un inmueble.
Recientemente algunos bancos locales están empezando a ofrecer este producto. Es totalmente nuevo y tiene una serie de requisitos.
Desafortunadamente, existe delincuencia. Por medida de seguridad, especialmente para los propietarios que nos confían la venta de su inmueble, no se muestran las fotografías de las fachadas ni de los exteriores, salvo en casos excepcionales.
Nosotros no cobramos ninguna comisión por visitar las propiedades que tenemos en cartera. Tratamos de ser totalmente abiertos y claros con usted en todo momento, es parte de nuestra ética profesional. Usted puede contactarnos para visitar nuestros inmuebles sin compromiso.
Nuestra comisión por la venta de un inmueble es del 5% más impuesto del precio de venta final, y, en el caso de alquileres, el monto íntegro del primer mes. Si está interesado en trabajar con nosotros, ingrese por favor sus datos en el siguiente formulario: http://www.alfredograf.com/dar-en-alquiler-o-vender-inmueble.php Un agente inmobiliario se contactará con usted con mayores detalles al respecto.
Lo sentimos pero nosotros solamente tomamos y ofrecemos alquileres que sean de por lo menos 1 año de duración. No nos dedicamos al rubro de alquileres temporales.
A continuación le detallamos los documentos que requerimos para empezar a ofrecer su inmueble:
1. Una copia simple de la Partida Registral del lnmueble (Registros Públicos) - (Para el cierre de una operación de Compra-Venta o Arrendamiento se requerirá un Certificado Registral Inmobiliario).
2. Una copia simple del Título de Propiedad en cualquiera de sus manifestaciones (Testimonio de Compra-Venta, Anticipo de Legítima, Donación, etc.)
3. Copia simple de los siguientes Certificados Municipales (actualizados):
4. Copia Simple de los siguientes recibos:
5. Copia simple de los planos de la propiedad (si existen).
6. Copia simple de D.N.I. (ambos cónyuges) de todos los propietarios, y si el propietario es Persona Jurídica requeriremos copia informativa de la Partida Registral de la Empresa y Copia simple de la Ficha RUC de la Empresa.
Nosotros trabajamos con 2 tipos de contratos:
Contrato de NO Exclusividad y Contrato con Exclusividad
Contrato de NO Exclusividad: Nos permite empezar a promover su propiedad, pero no le impide a usted que pueda seguir negociando con terceros. Solamente está obligado a pagarnos una comisión si el comprador final es traído o presentado por Graf & Asociados.
Contrato de Exclusividad: Es mucho más beneficioso para usted, ya que nosotros nos encargamos de toda la parte comercial y promocional de su inmueble, incluyendo clasificados en los diarios, promocionándolo en distintas páginas web de Internet, colocación de letreros, etc. Este contrato se firma por un periodo de 6 meses al cabo de los cuales, en caso no se venda la propiedad, puede renovarlo o disponer de él de alguna otra manera.
Importante: Todo dinero invertido en la promoción de la propiedad corre por nuestra cuenta, por lo que usted no tiene que hacer desembolso alguno. A cambio de todo esto, el ser sus agentes exclusivos significa que usted ya no puede trabajar con otros agentes o inmobiliarias. Si usted llegara a vender su propiedad a través de un agente que no sea Graf & Asociados, usted está legalmente obligado a pagarnos nuestra comisión. Finalmente, si usted decide por este tipo de contrato, el mismo debe ser aprobado primero por nuestro comité evaluador.
Los extranjeros pueden adquirir inmuebles en Perú sin dificultad. No hay restricciones en dicho sentido, salvo las que señalan que un extranjero no puede adquirir bienes inmuebles en zona de frontera hasta 50 kilómetros inclusive. En los demás casos, un extranjero puede adquirir bienes inmuebles en Perú cumpliendo con los siguientes requisitos:
Nuestros Servicios: Como empresa especializada en temas inmobiliarios, podemos ofrecerles el servicio de inscripción en registros públicos del citado poder, y asesorarlos en la redacción del documento que habrán de otorgar ante el consulado peruano.