¿Y ahora qué?
Siendo un ciudadano extranjero que no vota, no voy a entrar en ninguna evaluación política de esta coyuntura peruana.
Resido en el Perú desde 1953 y he visto todo tipo de gobiernos. Eso me permite tener una óptica amplia de los posibles escenarios que enfrentamos.
Me enfocaré en lo inmobiliario.
Si queremos hacer un paralelo con el discurso estatista de uno de los candidatos, tenemos como ejemplo de discurso similar a la junta militar de gobierno de Juan Velasco Alvarado, la cual restringió y suspendió las acciones de desahucio y de aviso de despedida en el año 1975.
Durante el gobierno de Morales Bermúdez, tenemos también la prohibición del aumento del importe de arrendamientos residenciales. Si mal no recuerdo, esto sucedió en 1976.
También tenemos los decretos que monopolizaron para el gobierno la tenencia y transa en moneda extranjera, el mismo que la entregaba a los particulares en función del interés nacional (es decir, amigos y socios).
Algo similar sucedió durante el 1er gobierno de García.
En conclusión, los inversionistas de inmuebles en arriendo, potencialmente se enfrentarían a una tormenta perfecta, con alquileres potencialmente incobrables (o devaluados en soles) y con inquilinos con derechos muy superiores a los del arrendador.
¿Quiénes estarían mejor protegidos?
Los inversionistas comerciales que alquilan a empresas (salvo oficinas, pero esto por efecto de la pandemia).
Algunas personas nos preguntan si deben o no vender sus inmuebles.
No podemos responder a esa pregunta porque son decisiones muy personales y que dependen mucho de cada caso: edad, diversificación, patrimonio total, aversión al riesgo, necesidades de liquidez, horizonte de inversión, etc.
Lo que sí podemos aconsejar es estar plenamente preparados para enfrentar cualquier escenario.
A continuación, haré una lista (no exhaustiva) de lo que pueden hacer los inversionistas con respecto a sus inmuebles en estos tiempos:
1) Tener contratos de arrendamiento al día, vigentes y en orden, siempre bien aconsejados por un abogado que perciba correctamente estos riesgos y los plasme en dicho documento. Recuerde que la “posesión” de un inmueble puede dar derechos, y potencialmente, éstos pueden ampliarse.
2) Tener títulos de propiedad y declaratorias de fábrica correctamente inscritos y libres de cargas vencidas. Esto significa que los titulares sean los propietarios efectivos, con nombres que exactamente correspondan a los del DNI.
3) Si es posible y aconsejable, que los propietarios residentes en el extranjero o con movilidad restringida, otorguen poderes para que alguien en el Perú pueda ejecutar acciones relativas a las inversiones inmobiliarias.
4) Dada la situación de pandemia, preparar e inscribir un testamento.
5) En un gobierno de corte estatista y populista, la propiedad singular podría tener ventajas frente a propiedades múltiples bajo el mismo titular. Considere adelantar herencias y separar bienes.
6) Evalúe sus opciones con calma y correctamente informado. Considere sus inversiones inmobiliarias como parte de un portafolio de inversiones (ese tema ya lo tratamos aquí).
No podemos darle consejos de tipo legal porque no somos abogados, pero estamos muy dispuestos a asesorarlo con respecto a sus opciones inmobiliarias.
Les deseo un futuro sanitario e inmobiliario saludable y próspero.
Alfredo Graf